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3 de febrero de 2016

Sociedad Rural: se amplía el plazo para la declaración de uso propio de semilla

  
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En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 5/2016 del Ministerio de Agroindustria/INASE que posterga hasta el día 31 de marzo de 2016 la declaración de uso propio de semilla.


Esta modificación responde a una solicitud de Confederaciones Rurales Argentinas, que días atrás requirió formalmente al Instituto Nacional de Semillas (INASE) que amplíe el plazo para cumplir con la declaración de Uso Propio (establecido por Resolución 187/15), que simplifique el proceso de carga de información, y además que se lleve a cabo una mayor y mejor difusión de las obligaciones que implica el sistema.


Con esta prórroga, los productores que estén en condiciones, tendrán tiempo hasta el 31 de marzo de 2016 para presentar la declaración jurada en el sistema de autogestión del Ministerio de Agroindustria, opción RUSSyT (Registro de Usuarios de Semilla de Soja y Trigo).


Por último es necesario recordar que bajo la ley vigente de semillas n° 20.247 los agricultores tienen derecho a hacer uso propio de su semilla.


Resolución 5/2016


VISTO el Expediente N° S05:0002235/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 187 de fecha 17 de junio de 2015, las Notas enviadas por CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (CRA), el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE y el COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE ROSARIO, y


CONSIDERANDO:


Que la Resolución N° 187 de fecha 17 de junio de 2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, tiene como objetivo mejorar la capacidad de control en los circuitos comerciales a fin de diferenciar la semilla de uso propio, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la semilla proveniente del mercado ilegal y tomar las medidas necesarias para combatir esta última.


Que los representantes de CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (CRA), el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE y el COLEGIO DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE ROSARIO manifiestan que los productores han encontrado dificultades en la carga de los datos, la necesidad de actualizaciones en el Registro Nacional de todos los productores pecuarios o agrícolas (RENSPA) y dificultades para el acceso a la información y solicitan mayor difusión sobre las obligaciones que implica el sistema.


Que debe tenerse en cuenta que la Resolución se encuentra en la primera fase de implementación y ello puede dificultar su cumplimiento por parte de los productores por lo que excepcionalmente podría hacerse lugar a lo solicitado.


Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.


Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 15 y concordantes de la Ley N° 20.247 y por lo establecido mediante el Decreto 217 de fecha 19 de enero de 2016.


Por ello,


EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO


DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS


RESUELVE:


ARTÍCULO 1° — Postérgase por única vez la fecha de vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada a la que se refieren los Artículos 1° y 4° de la Resolución N° 187 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, hasta el día 31 de marzo de 2016.


ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Nacional de Semillas.


e. 02/02/2016 N° 4320/16 v. 02/02/2016

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